1. ASAMBLEA GENERAL de la Federación Canaria de Ajedrez.
La Federación Canaria de Ajedrez, según las proporciones estamentales recogidas en el Artículo 16.1. de los Estatutos Definitivos de la Federación Canaria de Ajedrez, aprobados por Resolución de la Dirección General de Deportes de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias Número 142DGD/98, de fecha 21 de abril de 1998, tendrá los siguientes números y porcentajes de miembros electivos a su Asamblea General. Se tendrán en cuenta las Delegaciones Insulares de Ajedrez de Fuerteventura, Lanzarote y La Palma, según lo previsto en el Artículo siete, apartados 1. y 2. de la Orden de 4 de octubre, por la que se regulan los procesos electorales en las Federaciones Deportivas Canarias, en cuanto circunscripciones insulares con actividad federada y partícipes de la Asamblea General.
La Asamblea General de la Federación Canaria de Ajedrez estará compuesta por 22 miembros electivos, según determina sus Estatutos Definitivos en su Artículo 16.3. Dado el número de miembros electivos de la Asamblea General la distribución por estamentos y circunscripciones y las normas de obligada aplicación, se determinan matemáticamente los siguientes números y porcentajes:
|
Clubes |
Deportistas |
Árbitros |
Técnicos E. |
Total |
Plazas |
13 (59'1%) |
5 (22'7'%) |
2 (9'1%) |
2 (9'1%) |
22 (100%) |
Candidatos |
15 |
10 |
8 |
6 |
39 |
La distribución de las plazas de miembros electivos por los estamentos de Clubes y Deportistas, que por prescripción de la Orden de 4 de octubre se cubrirán por circunscripciones insulares, queda como sigue:
Plazas |
Clubes |
Candidatos |
Deportistas |
Candidatos |
Árbitros |
Candidatos |
Monitores |
Candidatos |
Gran Canaria |
6 |
7 |
1 |
4 |
|
2 |
|
1 |
Tenerife |
4 |
7 |
1 |
3 |
|
5 |
|
4 |
Fuerteventura |
1 |
1 |
1 |
1 |
|
|
|
|
Lanzarote |
1 |
1 |
1 |
1 |
|
|
|
|
La Palma |
1 |
1 |
1 |
1 |
|
1 |
|
1 |
TOTAL |
13 |
15 |
5 |
10 |
2 |
8 |
2 |
6 |
La distribución de las plazas de miembros electivos por los estamentos de Árbitros y Técnicos-entrenadores, por prescripción de la Orden de 4 de octubre, se cubrirán por circunscripción autonómica, asignando la distribución porcentual efectuada dos miembros electivos para cada uno de dichos estamentos.
2. ASAMBLEAS INSULARES de las Federaciones Insulares de
Ajedrez de Gran Canaria y Tenerife.
Las Federaciones Insulares de Ajedrez de Gran Canaria y Tenerife, según las proporciones estamentales establecidas en el Artículo 53.1 de los Estatutos Definitivos de la Federación Canaria de Ajedrez, que se remiten al Artículo 16.1 de los mismos, y lo dispuesto en el Artículo tres, apartado 2. de la Orden de 4 de octubre tan reiterada, tendrán los siguientes números y porcentajes de miembros electivos a sus respectivas Asambleas Insulares:
Gran Canaria |
Clubes |
Jugadores |
Árbitros |
Monitores |
Total |
Plazas |
24 (54 %) |
12 (27 %) |
4 (9 %) |
4 (9 %) |
44 (100%) |
Candidatos | 24 | 20 | 4 | 5 | 53 |
Según lo anterior, los 24 clubes que son miembros electivos de la Asamblea por cumplir lo establecido en el Artículo cinco, apartado 1.b), de la Orden de 4 de octubre, tener licencia y actividad oficial durante las dos temporadas computables a los efectos de confección del Censo Electoral en cuanto al estamento de Clubes, CON NECESIDAD DE PRESENTAR CANDIDATURA (según lo prevenido en el art. 8º.3. del Reglamento Electoral General de las Federaciones Deportivas Canarias -Anexo I de la Orden de 4 de octubre de 2001-).
Tenerife |
Clubes |
Jugadores |
Árbitros |
Monitores |
Total |
Plazas |
21 (60 %) |
8 (23 %) |
3 (8 %) |
3 (8 %) |
35 (100 %) |
Candidatos | 9 | 4 | 5 | 4 | 22 |
Según lo anterior, los 21 clubes que son miembros electivos directos a la Asamblea por cumplir lo establecido en el Artículo cinco, apartado 1.b), de la Orden de 4 de octubre, tener licencia y actividad oficial durante las dos temporadas computables a los efectos de confección del Censo Electoral en cuanto al estamento de Clubes, CON NECESIDAD DE PRESENTAR CANDIDATURA (según lo prevenido en el art. 8º.3. del Reglamento Electoral General de las Federaciones Deportivas Canarias -Anexo I de la Orden de 4 de octubre de 2001-).
Con estas listas definitivas de candidatos a las distintas asambleas de las Federaciones de ajedrez: Canarias, Gran Canaria y de Tenerife, solo nos queda dar paso al derecho democrático de quienes lo quieran usar para completar las distintas asambleas, sin dejar de sentir una gran decepción por la baja participación de los representantes de la isla de Tenerife.
Una vez más ni los clubes ni los ajedrecistas de Tenerife muestran el suficiente interés para formar parte de dicha asamblea, basta mirar la tabla de clubes candidatos a la asamblea de Tenerife para comprobar que de veintiún (21) Candidatos posibles solo nueve (9) se presentan y de ocho (8) Candidatos de deportistas solo se presentan cuatro (4). Después de las elecciones vienen las quejas y las disconformidades, que si el precio de las licencias… que la falta de torneos… en fin quejas sobre lo que los demás hacen o dejan de hacer, pero ahora que era el momento de participar y formar parte del órgano que regula el ajedrez en Tenerife tanto los clubes como los deportistas no dan la cara, dejan en manos de unos pocos la responsabilidad que debe ser compartida, a diferencia de Gran Canaria que lucha por que no sean unos pocos los que decidan el futuro del ajedrez Canario, solo deseo que la participación de los ajedrecistas Gran Canarios se lo suficiente para conseguir que en la asamblea de la Federación de ajedrez de Gran Canaria estén los que realmente defiendan los intereses del ajedrez Canario, por lo que animo a todos los deportistas Gran Canarios a elegir a quienes de vedad los representen.
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